Estimado/a Sr./Sra.:
Siguiendo instrucciones del Sr. Subdirector de Gestión y Control Integrado de Ayudas, se informa de lo siguiente:
Por Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, publicado el sábado 14 de marzo, se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
El mencionado Real Decreto dispone en su disposición adicional tercera la suspensión de los términos y la interrupción de los plazos para la tramitación de los procedimientos de las entidades del sector público. El cómputo de los plazos se reanudará en el momento en que pierda vigencia el presente real decreto o, en su caso, las prórrogas del mismo.
En este sentido, dado que en la Comunidad autónoma de Andalucía la presentación de la Solicitud Única y otros procedimientos relacionados se realiza a través de medios electrónicos, mediante las herramientas informáticas Sistema de Gestión de Ayudas 2015-2020 (SGA) y Pago Único-Básico WEB, se ha realizado consulta al FEGA sobre la posibilidad de que los agricultores que lo deseen puedan seguir presentado sus solicitudes de ayudas telemáticamente durante el estado de alarma.
En respuesta a lo anterior, el FEGA ha confirmado que las solicitudes que se presenten durante el periodo de estado de alarma son plenamente válidas.
En relacion con la ampliación de plazo, está confirmada una primera amplicación hasta el 15 de mayo en todo el territorio nacional.
No obstante lo anterior, dadas estas circunstancias excepcionales, por esta Comunidad Autónoma se ha solicitado al Organismo de Coordinación que traslade a la Comisión Europea la necesidad de ampliar el plazo de presentación de la Solicitud Única hasta el 15 de junio, comunicación que ya ha sido trasladada a la Comisión Europea (documento adjunto), y que una vez aprobada se tramitará como un nuevo reglamento de ejecución de la comisión por el que se establece una excepción al Reglamento de Ejecución (UE) n.º 809/2014 en lo que se refiere a la fecha límite de presentación de la solicitud única.
Por tanto, continúa plenamente vigente la tramitación telemática de la solcitud única, solicitudes de modificación al SIGPAC y comunicaciones y cesiones de derechos de pago básico durante este periodo.
Un cordial saludo.